TÍTULO 19. DE LOS SOCIOS DE HONOR, DAMAS DE HONOR, PRESIDENTES DE HONOR Y RECONOCIMIENTOS. 

Capítulo 19.1 Generalidades

Artículo 19.1.1. Dentro de los reconocimientos la entrega de las insignias de PLATA de la Junta Central se realizará de la siguiente forma:

19.1.1.1 Componentes de la Junta de Gobierno se realizará la entrega en el primer acto oficial de la Junta Central que tenga lugar después de su nombramiento.
19.1.1.2 Regidoras se realizará en el acto del Brindis o entrega de peinetas.
19.1.1.3 Se entregará a petición de la Junta de Gobierno a personas que participen y ayuden a ésta durante varios años sin interés aparente y con un trabajo desinteresado. Es condición sin ecuánime que se vote en Junta de Gobierno por 2/3 de la misma.

Artículo 19.1.2 La insignia de ORO de la Junta Central le será impuesta al presidente el día de la Elección por la máxima autoridad local presente en esa Asamblea.

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