Título 20. DE LA COMISIÓN CASA MUSEO FESTERO.

Capítulo 20.1. Formación de la COMISIÓN Casa Museo Festero.

Artículo 20.1.1. La Comisión Casa Museo Festero trabaja para la Junta Central en unas áreas muy determinadas, complementando a la Junta de Gobierno. Su carácter es informativo para las Asambleas Generales, pero sus informes serán vinculantes y obligatorios para los siguientes supuestos:
20.1.1.1. Cuentas Anuales: Revisión e informe sobre el patrimonio y las modificaciones que se han producido durante el año en curso.
20.1.1.2. Cualquier modificación que se proponga fuera del presupuesto ordinario y afecte de forma directa o indirecta al patrimonio de la Asociación, deberá ser avalado por la Comisión Casa Museo Festero.
20.1.1.3. Cualquier Obra que no sea mantenimiento ordinario y recogida en los presupuestos deberá ser estudiada por la Comisión Casa Museo Festero.

Artículo 20.1.2. Todos los informes u actas que emita la Comisión Casa Museo Festero, serán incluidos en un libro denominado «Libro de actas de la Junta de Gobierno».

Artículo 20.1.3. En el supuesto de que la Comisión Casa Museo Festero emitiera un informe desfavorable sobre cualquiera de los asuntos antes relacionados, la Junta de Gobierno podrá llevar el asunto a la Asamblea General. Tras la lectura del informe y cambio de pareceres, la Asamblea General decidirá.

Capítulo 20.2. Organización y funcionamiento.

Artículo 20.2.1. La Comisión Casa Museo Festero se debe de reunir al menos, una vez al año, una vez estén cerradas las cuentas por la Junta de Gobierno. La Junta Gobierno citará a la Comisión Casa Museo Festero para que estudie los asuntos que le competen, y ésta emitirá su informe.

Artículo 20.2.2. La Comisión Casa Museo Festero está formada por ocho miembros.
20.2.2.1. El presidente actual de la Junta Central de Fiestas.
20.2.2.2. El secretario actual de la Junta Central de Fiestas.
20.2.2.3. El tesorero actual de la Junta Central de Fiestas.
20.2.2.4. El Conservador de la Casa Museo Festero.
20.2.2.5. Dos antiguos Presidentes de la Junta Central de Fiestas.
20.2.2.6. Dos Presidentes de Comparsa Actuales que coincidirán con los seleccionados por la Comisión de redacción.

Artículo 20.2.3. Todos los acuerdos de la Comisión Museo Festero se tomarán por mayoría simple.

Artículo 20.2.4. Para entrar a formar parte de la Comisión Casa Museo Festero un nuevo componente, éste deberá de ser socio de la Junta Central y se presentará el candidato avalado por dos o más integrantes de esta Comisión. La presentación a la Comisión Casa Museo se realizará en la primera Junta que se realice. Su aprobación por Comisión Casa Museo Festero, será por mayoría simple.

Artículo 20.2.5. El cargo de los dos componentes de Antiguos Presidentes de la Comisión Casa Museo Festero, tiene carácter indefinido. Los miembros de la Comisión Casa Museo Festero causarán baja cuando lo manifiesten abiertamente en una Junta cualquiera; por carta expresamente dimitiendo del cargo; por causar baja en la Junta Central; o por faltar a 2 Juntas de la Comisión, sin causa justificada. El resto de componentes causarán baja con su cargo y entrarán los elegidos para sus cargos.

Artículo 20.2.6. La Junta se convocará por correo certificado entregando el orden del día a debatir, o si las circunstancias lo exigen por llamada telefónica del Secretario o Presidente, con una antelación mínima de 7 días.

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